De Veracruz al mundo
Rechaza SCJN estudiar amparo de Tomás Zerón sobre caso Ayotzinapa.
El acuerdo, firmado el 13 de junio por la ministra presidenta de la Sala, Loretta Ortiz Ahlf, fue publicado en las listas judiciales. En él, se instruye devolver el expediente al Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal de la Ciudad de México, para que esa instancia continúe con el análisis del caso. Las razones de la Corte no fueron hechas públicas.
Lunes 23 de Junio de 2025
Por: La Jornada
Foto: .Jaír Cabrera Torres
Ciudad de México.- La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negó estudiar el amparo de Tomás Zerón de Lucio, ex director de la Agencia de Investigación Criminal (AIC), con el que busca anular la orden de aprehensión en su contra, dictada en abril del 2021 por diversos delitos relacionados con la desaparición de los 43 normalistas de Ayotzinapa, Guerrero, en 2014.

El acuerdo, firmado el 13 de junio por la ministra presidenta de la Sala, Loretta Ortiz Ahlf, fue publicado en las listas judiciales. En él, se instruye devolver el expediente al Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal de la Ciudad de México, para que esa instancia continúe con el análisis del caso. Las razones de la Corte no fueron hechas públicas.

Este Tribunal había solicitado desde agosto de 2023 que la SCJN reasumiera competencia para estudiar el amparo en revisión, debido a que Zerón —actualmente prófugo en Israel— impugnó la constitucionalidad del artículo 141 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP), el cual sirvió de base para la orden de aprehensión girada el 23 de abril de 2021, por los delitos de desaparición forzada, coalición de servidores públicos y tortura, en agravio de Felipe Rodríguez Salgado, presunto integrante de Guerreros Unidos implicado en el caso Ayotzinapa.

Zerón argumenta que la orden de aprehensión fue emitida de forma indebida porque la Fiscalía General de la República (FGR) no lo citó previamente, impidiéndole ejercer su derecho de defensa. También sostiene que no existen pruebas suficientes para sustentar la acusación de tortura contra Rodríguez Salgado.

Según el expediente, Zerón afirma que se violó su derecho a la seguridad jurídica, en su vertiente de legalidad, al librarse una orden de aprehensión sin elementos objetivos que acreditaran la comisión del delito de tortura. Alega que el Dictamen Psicológico Especializado en casos de tortura no concluyó que las lesiones y el daño psicológico hayan sido provocados por agentes de la Policía Federal durante la detención. Además, argumenta que las amenazas referidas no bastan para acreditar el delito.

La orden de aprehensión fue emitida por el juez de control Felipe de Jesús Delgadillo Padierna, del Centro de Justicia Penal Federal en el Reclusorio Sur, dentro de la causa penal 148/2021, y fue confirmada el 17 de noviembre de 2022 por la jueza Luz María Ortega Tlapa, titular del Juzgado Octavo de Distrito en Materia Penal.

Inconforme, Zerón promovió el amparo en revisión 48/2023, del cual conoció el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, que pidió a la Corte resolver el asunto por considerar que implicaba un tema constitucional relevante. Sin embargo, con la decisión de la Primera Sala, el caso regresará al Tribunal Colegiado, que ahora deberá emitir una resolución definitiva.

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