De Veracruz al mundo
Avanza iniciativa de ‘jueces sin rostro’.
Para ello, la iniciativa contempla incluir en esta ley un capítulo denominado De la protección de las personas, y la adhesión de los artículos 22 bis y 22 ter en el Código Nacional de Procedimientos Penales, en los que se definen los mecanismos y criterios objetivos para solicitar medidas de resguardo.
Jueves 26 de Junio de 2025
Por: La Jornada
Foto: .Roberto García Ortiz / Archivo
CDMX.- La Comisión Permanente dio entrada ayer a dos iniciativas de la presidenta Claudia Sheinbaum, reglamentarias de la reforma judicial, a fin de agilizar la impartición de justicia, abatir el rezago en juzgados, tribunales y la Suprema Corte, y crear el equivalente a la figura de jueces sin rostro, ya que se resguardará la identidad de los juzgadores que lleven procesos relacionados con la delincuencia organizada.

En el primer proyecto, la mandataria propone modificaciones al Código Nacional de Procedimientos Penales y a la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, con miras a que jueces, magistrados y ministros surgidos de la reciente elección y los subsecuentes respondan de manera eficaz, bajo los principios de honestidad, austeridad, honradez, legalidad, imparcialidad, transparencia, disciplina y profesionalismo.

La exposición de motivos señala que se dotará a los juzgadores de un marco jurídico que permita la aplicación de la ley con perspectiva de derechos humanos y se procurarán las medidas necesarias para su protección, que comprenden preservar la identidad de quienes lleven juicios relacionados con delitos establecidos en la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.

Para ello, la iniciativa contempla incluir en esta ley un capítulo denominado De la protección de las personas, y la adhesión de los artículos 22 bis y 22 ter en el Código Nacional de Procedimientos Penales, en los que se definen los mecanismos y criterios objetivos para solicitar medidas de resguardo.

Dicha medidas deberán ser requeridas por el nuevo órgano de administración judicial del Poder Judicial de la Federación, el que decidirá si deben ponerse en marcha, con base en criterios definidos, que son la capacidad real del grupo delictivo para causar daño al juzgador, existencia de amenazas y agresiones anteriores, entre otros.

La protección de la identidad y otras disposiciones de resguardo deberán ser sometidas a revisión periódica y oficiosa por ese órgano de administración mediante la unidad especializada que establezca al efecto, de tal forma que no se prolongue la medida.

La iniciativa da entrada a los dos órganos que sustituirán al Consejo de la Judicatura Federal: el Tribunal de Disciplina Fiscal y el Órgano de Administración Judicial, y con base en el principio de justicia pronta y expedita se erige un plazo común en las actuaciones procedimentales.

La importancia de modificar los plazos, que se definió en la reforma judicial, lleva a introducir cambios sustanciales dentro del procedimiento penal y limita la discrecionalidad de los juzgadores, a fin de evitar el detrimento de los derechos humanos de víctimas, imputados y sentenciados.


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