De Veracruz al mundo
TEPJF rechaza cambios en conteo de afiliados de nuevos partidos.
El tema toma relevancia porque alcanzar la meta de asambleas y afiliados (200 en el caso de las reuniones distritales, y un padrón de al menos 256 mil 30 simpatizantes) se ha convertido en una rebatiña entre los punteros.
Miércoles 28 de Enero de 2026
Por: La Jornada
Foto: .Cristina Rodríguez
Ciudad de México.- En la recta final para el cumplimiento de requisitos de las asociaciones que buscan convertirse en partidos políticos, los magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) rechazaron la propuesta de su colega Reyes Rodríguez relativa a modificar algunos criterios para contar a los afiliados de cada organización.

El tema toma relevancia porque alcanzar la meta de asambleas y afiliados (200 en el caso de las reuniones distritales, y un padrón de al menos 256 mil 30 simpatizantes) se ha convertido en una rebatiña entre los punteros.

La propuesta de Rodríguez era modificar el acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) cuyo instructivo para este teman fue impugnado por la asociación Construyendo Sociedades de Paz (CSP), grupo alentado por integrantes de iglesias cristianas, que hasta ayer había cumplido de manera preliminar el requisito de las asambleas pero le faltan todavía simpatizantes inscritos.

Otra organización (México tiene vida) tiene una situación a la inversa: ya tiene los afiliados pero le faltan 18 asambleas, mientras que Personas Sumando (identificada con ex funcionarios del INE) también tiene el requisito de las asambleas, y está en busca de miembros.

Rodríguez proponía que se tomen en cuenta todas las afiliaciones, aun cuando la asociación haya cambiado la modalidad; es decir, si optó al inicio del proceso por asambleas estatales y después cambió a distritales; igualmente definir el destino de los afiliados en otros casos.

El criterio del INE, vigente hasta ahora, es tomar en cuenta solo la afiliación última (la más reciente). No son pocos los casos en los que una misma persona participó en favor de una asociación pero luego aparece en el listado de otra.

A ello se agrega que puede haber tres maneras de inscribirse: presencial, en una asamblea, a distancia (vía aplicación electrónica) o en papel, como método tradicional en casos excepcionales.

Los magistrados Felipe de la Mata, Mónica Soto, Claudia Valle y Gilberto Bátiz (presidente) votaron en contra del proyecto de Rodríguez y dijeron que el caso debía ser asignado de manera aleatoria a otra ponencia, a fin de analizar el tema desde otra perspectiva.

Antes, también en la sesión, la Sala Superior del TEPJF modificó un acuerdo del INE a fin de que las aportaciones a estos grupos que buscan registro partidista pueden ser de personas físicas “siempre y cuando los recursos provengan exclusivamente de actividades profesionales”, no empresariales.

A propuesta de Batiz quedaron establecidos los requisitos para las aportaciones en dinero o en especie, en los términos mencionados, y desde una cuenta bancaria en la que se identifique claramente que los ingresos tienen ese origen (actividades profesionales), de ahí que se prohíbe ahora expresamente el uso de dinero relacionado con actividades rmpresariales.

En otro asunto, el TEPJF ordenó al INE responder antes del inicio de la próxima elección federal (cuyo proceso empieza en septiembre próximo) si es viable agregar a la credencial de elector datos de autoadscripción de personas indígenas o afromexicanas.

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