De Veracruz al mundo
Ministra Loretta Ortiz propondrá congelar cuentas sin orden judicial por lavado de dinero.
El proyecto propone declarar constitucional la reforma del 11 de marzo de 2022 al artículo 116 Bis 2 de la Ley de Instituciones de Crédito Ley de Instituciones de Crédito, la cual fue impugnada por senadores de oposición mediante una acción de inconstitucionalidad que fue admitida por el alto tribunal desde mayo del mismo año.
Domingo 22 de Marzo de 2026
Por: La Jornada
Foto: .Roberto García Ortiz
Ciudad de México.- La ministra, Loretta Ortiz Ahlf, propondrá el próximo martes al pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), un proyecto que valida la facultad otorgada a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), de la Secretaría de Hacienda, para incluir a personas en la lista de bloqueados y congelar sus cuentas sin orden judicial previa por motivos de origen nacional, como financiamiento al terrorismo o lavado de dinero, siempre que se cumpla con el procedimiento de audiencia previsto.

El proyecto propone declarar constitucional la reforma del 11 de marzo de 2022 al artículo 116 Bis 2 de la Ley de Instituciones de Crédito Ley de Instituciones de Crédito, la cual fue impugnada por senadores de oposición mediante una acción de inconstitucionalidad que fue admitida por el alto tribunal desde mayo del mismo año.

Los legisladores argumentaron que la norma vulneraba principios como la presunción de inocencia, el debido proceso y la seguridad jurídica, además de invadir facultades exclusivas del Ministerio Público.

Sin embargo, la togada propone declarar infundada la impugnación y reconocer la validez de la reforma, al concluir que el bloqueo de cuentas es una medida cautelar administrativa y preventiva —no una sanción penal— orientada a proteger el sistema financiero; además, determinó que la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), no invade facultades del Ministerio Público, pues no investiga delitos sino que actúa con base en indicios para prevenir operaciones ilícitas.

También que la norma garantiza el derecho de audiencia al establecer un procedimiento claro con plazos, etapas probatorias y medios de defensa, así como que la notificación inicial por parte de los bancos es válida al tratarse de un acto de colaboración técnica y no de ejercicio de autoridad.

Con ello, la UIF podrá incluir a una persona en la lista de bloqueados cuando existan indicios de vínculos con financiamiento al terrorismo o lavado de dinero; a partir de ello, los bancos deben suspender de inmediato todas sus operaciones y notificar al cliente las razones de la medida. El afectado tiene cinco días hábiles para solicitar audiencia ante la UIF.


Tras la solicitud, la UIF debe celebrar la audiencia en un plazo de diez días, durante el cual el interesado puede presentar pruebas y alegatos —con posibilidad de prórroga—; posteriormente, la autoridad cuenta con quince días para emitir una resolución fundada sobre su permanencia o exclusión de la lista, que deberá notificarse en un máximo de diez días, y que puede ser impugnada conforme a la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

Nos interesa tu opinión

  Más noticias
09:54:25 - Cierra consulta del plan de desarrollo el día 10; vecinos insisten en reposición
09:52:50 - Recibe Díaz-Canel a dos congresistas estadunidenses; condenan bloqueo
09:27:11 - Es legítimo el desacuerdo sobre el informe de desaparecidos, pero no la descalificación, revira el titular del CDF
09:23:59 - Valida la Corte a la UIF bloquear cuentas bancarias sin orden judicial
22:12:02 - Comisiones del Senado avalan minuta de ley para atraer inversión privada a infraestructura
22:09:39 - Productores agrícolas y transportistas de 13 estados bloquearon este lunes carreteras y tomaron casetas
21:37:21 - Tras bloqueos carreteros, pide Canacintra privilegiar el diálogo y evitar cierres que afectan la actividad económica
21:30:57 - Ante denuncias ciudadanas sobre un posible esquema de fraude digital, el gobierno del estado asegura que analiza el caso en mesas de seguridad
ver todas las noticias

  Lo más visto
> Directorio     > Quiénes somos
® Gobernantes.com Derechos Reservados 2016